Ya puede realizar el mantenimiento de su vehículo sin perder la garantía de origen.
NUEVO REGLAMENTO CE 461/2010 - REPARACIÓN DE AUTOMÓVILES
De acuerdo con el reglamento 461/2010 de la Comisión Europea, el consumidor tiene derecho a mantener su vehículo durante el periodo de garantía en un taller no incluido en la red oficial de la marca sin que el fabricante pueda negarse a prestar la misma, salvo que el trabajo realizado sea defectuoso.
Sería inapropiado eximir los acuerdos verticales que restrijan la venta de recambios originales o de calidad equivalente por parte de los miembros del sistema de distribución a talleres de reparación independientes que los utilicen para la prestación de servicios de reparación o mantenimiento. Si no tienen acceso a dichos recambios originales, estos talleres de reparación independientes no podrán competir eficazmente con los talleres de reparación autorizados, puesto que no podrán prestar a los consumidores unos servicios de calidad que contribuyan a un funcionamiento seguro y fiable de los vehículos de motor.
La exención no cubrirá los acuerdos verticales que restrinjan la utilización por parte de los talleres de reparación autorizados de recambios de calidad equivalente para la reparación o mantenimiento de un vehículo de motor. No obstante, dado que los fabricantes de vehículos tienen una responsabilidad contractual directa en caso de reparaciones bajo garantía, de servicio gratuito y de operaciones de llamada a revisión, estarán cubiertos por la exención los acuerdos que impongan a los talleres de reparación autorizados la obligación de utilizar recambios originales suministrados por el fabricante de los vehículos para esas reparaciones.